descripción de la imagen:
Reunión en un entorno laboral inclusivo, con profesionales diversos y símbolos de accesibilidad digital en pantalla.
En un mundo donde casi todo pasa por una pantalla, la accesibilidad no es un adorno: es la puerta que nos deja entrar… o nos deja fuera. Cuando una empresa digitaliza sus servicios y no piensa en cómo accedemos las personas con lector de pantalla u otras ayudas técnicas, no solo comete una discriminación: también pierde clientes potenciales y reputación. Hacerlo bien beneficia a todo el mundo—sí, también a la propia empresa.
¿Qué está pasando ahora?
Desde el 28 de junio de 2025 está en vigor en España la transposición del European Accessibility Act (Directiva (UE) 2019/882) mediante la Ley 11/2023. Esta normativa obliga a que productos y servicios digitales (webs, apps, comercio electrónico, banca online, transporte, terminales de autoservicio, etc.) sean accesibles. Los productos/servicios nuevos deben cumplir ya; los existentes tienen margen hasta 2029–2030 en función del caso, con vigilancia y sanciones previstas si no se cumple.
Mi reflexión
No somos “una excepción” ni “un caso raro”: somos clientas y clientes. Queremos comprar, formarnos, hacer gestiones y participar como cualquiera. Cada pantalla accesible abre una puerta; cada barrera técnica la cierra. Si una empresa todavía no sabe por dónde empezar, mi consejo es simple: escuchar a las personas usuarias y seguir estándares (WCAG) desde el diseño, no al final.

Comentarios
Publicar un comentario